El teletrabajo, disposición reformatoria primera de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
El teletrabajo hace referencia a una forma de trabajo donde el empleado realiza sus actividades de manera remota sin presentarse físicamente a su lugar de trabajo utilizando medios tecnológicos como dispositivos celulares y computadoras. Como expone la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario todo teletrabajador dispone de los derechos tanto individuales como colectivos, además de los beneficios sociales que el Código de Trabajo dispone. ¿En qué consiste el derecho a la desconexión? En la reforma primera se explica claramente que, todo teletrabajador no tiene obligación alguna con el empleador de responder comunicaciones, órdenes ni ningún requerimiento y que este tiempo no puede ser menor a 12 horas continuas en un periodo de 24 horas. Es decir esta reforma impide que el empleador pueda tener algún contacto con el empleado en el tiempo de 12 horas continuas, incluidos los días de descanso y feriados, que ciertamente es un beneficio para el empleado, pudiendo tener su tiempo de descanso. ¿Con...